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01/07/26

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La ciudadanía por nacimiento supera su mayor prueba en décadas en Estados Unidos.

En una decisión que probablemente definirá el debate constitucional sobre inmigración durante la próxima generación, la Corte Suprema de Estados Unidos ha rechazado el intento del presidente Donald Trump de restringir el principio de birthright citizenship —la ciudadanía automática para quienes nacen en suelo estadounidense— reafirmando la vigencia de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.

La resolución, aprobada por seis magistrados frente a tres votos discrepantes, supone mucho más que una derrota política para la Administración Trump. Representa la reafirmación de uno de los pilares del constitucionalismo estadounidense: que la ciudadanía no depende del origen de los padres, sino del lugar de nacimiento.

Sin embargo, el estrecho equilibrio ideológico del tribunal también evidencia que un principio que durante más de 150 años parecía indiscutible ha pasado a situarse en el centro de la batalla política sobre inmigración.

Una orden ejecutiva que buscaba cambiar una tradición constitucional

Pocas semanas después de regresar a la Casa Blanca, Donald Trump firmó una orden ejecutiva destinada a poner fin al reconocimiento automático de la ciudadanía estadounidense para los hijos nacidos en el país de inmigrantes en situación irregular o con determinados visados temporales.

La Administración sostenía que la interpretación tradicional de la Constitución había ido mucho más allá de lo que realmente pretendían sus redactores en 1868.

El objetivo era limitar el conocido jus soli («derecho del suelo»), principio según el cual prácticamente cualquier persona nacida dentro del territorio estadounidense adquiere automáticamente la nacionalidad.

Desde finales del siglo XIX, esta interpretación había permanecido prácticamente inalterada, apoyándose especialmente en el precedente establecido por el Tribunal Supremo en United States v. Wong Kim Ark (1898).

Trump intentó modificar ese principio mediante una orden ejecutiva, argumentando que la Constitución nunca obligó a conceder la ciudadanía a los hijos de personas que se encontraban ilegalmente en el país.

El argumento constitucional: la Decimocuarta Enmienda

La Decimocuarta Enmienda, ratificada en 1868 tras la Guerra Civil, establece:

«Todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanos de Estados Unidos…»

Durante más de un siglo, la expresión «sujetas a su jurisdicción» se ha interpretado de forma amplia, excluyendo únicamente casos muy concretos, como los hijos de diplomáticos extranjeros o de fuerzas militares enemigas en territorio estadounidense.

La mayoría de la Corte consideró que modificar un principio constitucional tan consolidado no puede hacerse mediante una orden ejecutiva, sino únicamente mediante una reforma constitucional o una reinterpretación extremadamente fundamentada del propio Tribunal.

Los tres jueces discrepantes: una Constitución anclada en 1868

Los tres magistrados que apoyaban la posición de Trump defendieron una lectura originalista de la Constitución.

Su tesis puede resumirse en una idea sencilla; la Decimocuarta Enmienda nació para resolver un problema muy concreto: garantizar la ciudadanía de los antiguos esclavos tras la Guerra Civil.

En 1868 no existía inmigración ilegal en el sentido moderno ni un sistema masivo de visados. Por tanto, sostienen que utilizar hoy ese texto para conceder automáticamente la ciudadanía a hijos de inmigrantes irregulares supone extender la intención original de sus redactores mucho más allá de lo previsto.

Según esta visión, la expresión «sujetas a la jurisdicción» debería interpretarse como una verdadera pertenencia política al Estado, y no únicamente como una presencia física dentro de sus fronteras.

Los defensores de esta interpretación afirman que la Constitución debe entenderse conforme al significado que tenía cuando fue escrita, incluso si las circunstancias históricas han cambiado profundamente.

La mayoría responde: la Constitución protege principios, no coyunturas

La mayoría del Tribunal rechazó esa interpretación. Aunque reconoció que la Decimocuarta Enmienda nació efectivamente para proteger a los antiguos esclavos, recordó que el texto aprobado por el Congreso fue deliberadamente amplio.

Las constituciones no regulan únicamente los problemas presentes en el momento de su redacción, sino que establecen principios destinados a sobrevivir a generaciones futuras.

Aceptar que el significado constitucional cambia únicamente porque las circunstancias sociales son distintas abriría la puerta a cuestionar numerosos derechos fundamentales.

Los argumentos a favor del birthright citizenship

Los defensores del sistema actual sostienen varios argumentos.

Evita generaciones de personas sin nacionalidad

Si los hijos de inmigrantes ilegales no recibieran automáticamente la ciudadanía estadounidense, podrían aparecer colectivos enteros sin una nacionalidad clara.

Estados Unidos ha evitado históricamente ese riesgo mediante el principio del jus soli.

Facilita la integración

Un niño nacido en Chicago, Houston o Miami estudia en escuelas estadounidenses, habla inglés y desarrolla su vida dentro del país.

Negarle la ciudadanía podría crear generaciones de residentes permanentes sin plenos derechos políticos.

Reduce la burocracia

El sistema actual es extraordinariamente sencillo.

Lugar de nacimiento.

Certificado.

Ciudadanía.

Sin necesidad de investigar durante años el estatus migratorio de los padres.

Estabilidad jurídica

Durante más de cien años millones de estadounidenses han adquirido su nacionalidad bajo este sistema.

Modificar ahora ese principio generaría enormes problemas legales y administrativos.

Los argumentos de quienes quieren reformarlo

Los críticos del birthright citizenship presentan, sin embargo, objeciones relevantes.

El llamado «turismo de nacimiento»

Algunas familias viajan expresamente a Estados Unidos para que sus hijos nazcan allí y obtengan la ciudadanía estadounidense.

Aunque representan un porcentaje reducido de los nacimientos, sus detractores consideran que supone un uso instrumental del sistema.

Incentivos a la inmigración irregular

Quienes apoyan la posición de Trump sostienen que la ciudadanía automática puede actuar como un incentivo adicional para entrar ilegalmente en el país.

Aunque los padres no obtienen automáticamente la residencia por el nacimiento del hijo, sí aumenta la probabilidad de establecer vínculos permanentes con Estados Unidos.

Una excepción internacional

Los partidarios de reformar el sistema recuerdan que la mayoría de países desarrollados ya no conceden automáticamente la ciudadanía por nacimiento.

Estados Unidos sería hoy una excepción entre las grandes economías occidentales.

Un mosaico internacional: América frente a Europa

La comparación internacional resulta especialmente reveladora.

Estados Unidos y Canadá

Estados Unidos y Canadá mantienen uno de los sistemas más amplios de ciudadanía por nacimiento del mundo.

En ambos países, salvo excepciones muy limitadas como los hijos de diplomáticos extranjeros, cualquier niño nacido en el territorio adquiere automáticamente la nacionalidad.

América Latina

La mayor parte de América Latina sigue una tradición similar.

Países como Argentina, Brasil, Chile, México, Uruguay, o Perú, reconocen con diferentes matices el principio del jus soli.

Históricamente, estos países utilizaron la inmigración como herramienta de desarrollo económico y poblamiento del territorio.

La ciudadanía por nacimiento formó parte de esa estrategia nacional durante los siglos XIX y XX.

Europa

Europa sigue un modelo radicalmente distinto.

La mayoría de Estados europeos priorizan el jus sanguinis («derecho de sangre»), según el cual la nacionalidad depende principalmente de la de los padres.

En países como Alemania, Italia, España, Francia o los Países Bajos, nacer dentro del territorio nacional no garantiza automáticamente la ciudadanía.

Aunque existen excepciones y mecanismos de acceso para quienes nacen y residen durante largos periodos, normalmente se exige que al menos uno de los progenitores tenga residencia legal o permanente, o que el menor haya vivido varios años en el país antes de poder optar a la nacionalidad.

El objetivo es evitar que la ciudadanía dependa exclusivamente del lugar del parto y vincularla a una integración efectiva dentro de la sociedad.

Un debate que trasciende la inmigración

En el fondo, la discusión va mucho más allá de la política migratoria.

Plantea una cuestión esencial sobre el papel de las constituciones.

¿Debe un texto constitucional interpretarse conforme a la intención original de quienes lo redactaron hace más de siglo y medio?

¿O debe adaptarse a una sociedad radicalmente distinta de aquella para preservar los principios fundamentales sobre los que fue construido?

Los jueces discrepantes consideran que la Decimocuarta Enmienda ha sido llevada demasiado lejos respecto de su propósito histórico.

La mayoría entiende precisamente lo contrario: que su fortaleza reside en haber formulado un principio suficientemente amplio como para seguir protegiendo derechos en un país muy diferente al de 1868.

La decisión no cierra definitivamente el debate político. Es probable que la cuestión continúe ocupando un lugar central en las campañas electorales y en futuras iniciativas legislativas. Sin embargo, el mensaje constitucional es claro: mientras la Decimocuarta Enmienda mantenga su redacción actual, la ciudadanía por nacimiento seguirá siendo uno de los fundamentos del sistema jurídico estadounidense.

Más allá de su impacto inmediato sobre la inmigración, el fallo constituye un recordatorio de que las constituciones no solo organizan el poder, sino que también delimitan hasta dónde puede llegar un gobierno cuando intenta redefinir quién pertenece a la nación.

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